Congreso 2008

1er CONGRESO INTERNACIONAL

DERECHO AMBIENTAL
Desafíos en el nuevo milenio

El Centro de Estudios para el Desarrollo Sostenible CEID-Colombia realizó en el club El Nogal los días 18 y 19 de noviembre el Congreso Internacional “Desafíos del derecho ambiental en el nuevo milenio”. Durante el evento se llevo a cabo el lanzamiento para Latinoamérica y España de la obra “PLAN B.2.0 “Rescatando a un Planeta bajo estrés y a una civilización en dificultades” del Autor Léster Brown. Contamos con la presencia del autor, reconocido como autoridad mundial en el tema, quien estuvo en Colombia exclusivamente para atender este evento y dictar una conferencia. La obra se publicó conjuntamente con la Universidad del Rosario.

El evento tuvo como propósito presentar el libro Plan B 2.0 en su versión en español y difundir el conocimiento sobre la problemática ambiental, su impacto en la economía mundial y el desarrollo de tecnologías base de una nueva economía, así como analizar los nuevos desafíos del derecho en temas tales como energía, cambio climático y comercio internacional entre otros.

Tuvimos la oportunidad de escuchar reconocidos conferencistas internacionales como:
Rob Fowler de la universidad de South Australia, Ben Boer de la Universidad de Sydney Australia y Stephen kass de la universidad de Harvard.

Las entidades vinculadas a este evento fueron:
El Earth Policy Institute (www.earthpolicy.org)
la Academia de Derecho Ambiental de la IUCN (www.iucnael.org),
la Universidad del Rosario, (entidad que ha publicado el libro)
CEID – Colombia www.ceidcorp.org

Este congreso que reunió aproximadamente 180 asistentes, tuvo como propósito analizar temas de gran sensibilidad para el futuro, en los cuales se hace indispensable la presencia y participación activa de la academia, lideres políticos, profesionales del derecho y otras disciplinas y el sector privado, no solo dentro del marco de su responsabilidad social, sino para la construcción de una nueva economía ambientalmente sostenible.

Conferencistas invitados

Ben Boer

Se desempeñó por dos años como Co-director de la Academia de Derecho Ambiental de la IUCN (Unión Mundial para la naturaleza), con base en la Universidad de Ottawa Canadá. Profesor en la maestría de derecho ambiental en la Universidad de Sidney Australia, miembro del Centro Australiano de Derecho Ambiental con sede en Sidney. El profesor Boer se ha desempeñado como consultor internacional para organizaciones gubernamentales y no gubernamentales en países tales como: China, Federación de Estados de la Micronesia, India, Indonesia, Kenya, Nepal, Nueva caledonia, Singapur, Islas Salomón, Sri Lanka, trinidad y Tobago, Vietnam y Samoa. Ha desarrollado igualmente proyectos de investigación para el gobierno australiano y tiene varias publicaciones en el área de derecho ambiental, recursos naturales y política ambiental.

 

Rob Fowler:

Actual director de la Academia de Derecho Ambiental de la IUCN (Unión Mundial para la Naturaleza). Profesor en la Universidad de South Australia School of Natural & biult Environments. Co-fundador del Centro Australiano de Derecho Ambiental y su director de la sede en Adelaida durante los periodos 1992-1995 y 1999-2001.Director de los programas de derecho ambiental en Indonesia y Australia organizados por La AUS-AID dirigidos a jueces y autoridades ambientales. Lidera el programa de Protección Ambiental y los cursos para certificar aplicación de la normatividad ambiental de la EPA y del gobierno local.

 

Stephen Kass

B.A. de Yale University (Magna Cum laude) y LL. B de Harvard University (Cum Laude), Socio de la firma de abogados Carter Ledyard & Millburn en New York.
Socio y fundador del Environmentan Practice Group. Miembro de la Association of the Bar de la Ciudad de Nueva York. Asesor legal de empresas multinacionales, entidades gubernamentales y asociaciones sin ánimo de lucro. Profesor de Harvard University, Pace University y Brooklyn law school.  
Entre sus obras se destacan Financing Urban Development in Mexico City (Harvard University Press, 1967; with Oldman, Aaron and Bird), Rehabilitating Older and Historic Buildings - Tax, Legal and Financial Considerations (Wiley, 1992; with LaBelle, Hansell), “Private Environmental Litigation” chapter in Commercial Litigation in New York (West Pub. Co., 1995, with McCarroll, Malaby).

Programa

Fecha: Noviembre 18 y 19 2008
Lugar: Club El Nogal

Noviembre 18

8:00 a.m.       Inscripciones
8:30 a.m.       Bienvenida y presentación del congreso
Gilberto Rincón G – Director CEID
Rob fowler – Director Academia de Derecho Ambiental - UICN
9:00 a.m.       Ministro de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial
9:30 a.m.       PLAN B 2.0
Rescatando un planeta bajo estrés y una civilización en dificultades
Lester Brown – Presidente Earth Policy Institute
10:45 a.m.     Café
11:00 a.m.     Panel
Manuel Rodríguez B - Juan Mayr M.
12.00 p.m.    Rueda de prensa
Almuerzo invitados especiales
2.00 p.m.      Manuel Rodríguez
3.00 p.m.      Objetivos y estrategias para evitar efectos nocivos del Cambio climático
Rob Fowler Director Academia de Derecho Ambiental UICN
Universidad de South Australia - School of Natural and Built Environment.
4:15 p.m.     Café
4:30 p.m.     Presentación de la Academia de Derecho Ambiental-UICN
Rob Fowler, Gilberto Rincón

Noviembre 19


8:00 a.m.      NAFTA-Acciones para reconciliar comercio y medio ambiente
Stephen Kass Universidad de Harvard
10:00 a.m.    Café
10:15 a.m.    Retos del derecho ambiental para el desarrollo del Biocomercio en Colombia
John Alexander Bejarano O.
Director Ejecutivo Fondo de Biocomercio
11:15 a.m.    Los retos del orden jurídico frente al derecho ambiental
Luis Fernando Macias
Macias Gómez & Asociados Abogados S.A.
12:00 p.m.    Almuerzo-invitados especiales
2:00 p.m.     Comercio y Medio Ambiente
Puede Colombia Internalizar externalidades y ser competitivo
José Vicente Zapata
Universidad del Rosario
Holguín Neira y Pombo Abogados
3:00 p.m.     Martha Castillo
Corporación Andina de Fomento - CAF
3:45 p.m.     Café
4:00 p.m.     Investigación, educación y Construcción de capacidad, países en vía de Desarrollo
Ben Boer, Universidad de Sidney Australia
5:00 p.m.     Conclusiones y cierre

 

New York Law Journal

El 24 de Octubre de 2008
Derecho ambiental

DERECHOS AMBIENTALES Y LABORALES BAJO EL TRATADO DE LIBRE

COMERCIO ENTRE COLOMBIA Y ESTADOS UNIDOS

 

 

Stephen L. Kass and Jean M. McCarroll El 22 de Noviembre de 2006 el Presidente Bush y el Presidente Uribe deColombia firmaron el U.S.-Colombia Trade Promotion Agreement (TPA) o el Tratado de Libre Comercio (TLC), un convenio mutuo que actualmente esta esperando ser aprobado por el Congreso de los Estados Unidos. Partidarios del TLC mantienen que este convenio estimulará las relaciones económicas entre los dos países mientras que aquellos que se oponen expresan preocupación por la violencia contra los sindicatos en Colombia, la falta de protección ambiental y laboral en el TLC, como motivos para negar su confirmación por lo menos en estos momentos. El TLC es uno de los temas de debate entre los Senadores Obama y McCain y probablemente recibirá más atención después de la elección presidencial.

El TLC reducirá o eliminará aranceles en productos americanos exportados a Colombia que actualmente llegan a un 35%. El TLC permanecerá con las condiciones actuales para Colombia. Más del 90% de las exportaciones Colombianas que entran a los Estados Unidos son libres de impuestos. Se espera que el TLC traiga ganancias económicas en ambos países que compartieron más de $18 mil millones en comercio en el año 2007.

A pesar de que el Congreso Americano aun no ha votado oficialmente por el TLC, el 10 de Abril de 2008 el Congreso de Estados Unidos voto por rechazar la vía rápida(“fast track”) del Presidente Bush la cual permitiría que el Congreso Americano votara sin reformas dentro de 90 días después de haber sido presentado. El TLC era el tratado de comercio predominante en la mesa y el rechazo de la “vía rápida” del presidente fue visto por aquellos que se oponían como rechazo del tratado.

El TLC Colombiano es notable porque los problemas ambientales, de derechos humanos y laborales han tomado un importante rol en el debate para su ratificación. En los debates públicos, los derechos laborales han recibido considerablemente más atención que los problemas ambientales, y la oposición más dominante en contra del TLC ha sido las organizaciones preocupadas de la extensa violencia en Colombia, por su historial de derechos humanos y amplia violencia contra organizaciones sindicales.

En Abril del 2008, Human Rights Watch presentó un informe oponiéndose a la ratificación del TLC por el alto número de asesinatos a sindicalistas (17 miembros de uniones asesinados en la primera parte de 2008: más de 400 asesinatos desde 2002). En esta charla nosotros revisaremos las disposiciones ambientales del TLC que son más extensas que en otros convenios de libre comercio presentados previamente pero les falta un mecanismo eficiente para ponerlas en práctica. Este problema es particularmente desafortunado considerando el frágil ecosistema colombiano, el alto interés en las consecuencias del cambio climatológico y la acelerada deforestación en Colombia. Por esto, sugerimos un posible mecanismo para resolver las limitaciones de la aplicación de las normas ambientales en el TLC y también proponemos que tal mecanismo contribuya a resolver la presente confrontación entre los defensores del tratado de libre comercio y los otros que insisten en la condición que los derechos laborales sean respetados para permitir expandir el tratado de libre comercio. Los desafíos ambientales en Colombia Colombia tiene varios desafíos ambientales que podrían ser agravados por el TLC.
Estos desafíos caen en tres áreas: pesticidas en la industria de las flores cortadas, deforestación y pérdida de biodiversidad. El recientemente aprobado Tratado de Preferencias Andinas permite que las flores de Colombia entren en los Estados Unidos libre de aranceles. La venta a nivel mundial de la industria de flores colombianas es de $630 millones de dólares. Colombia es el segundo exportador de flores más grande en el mundo (después de Holanda). Esta industria abastece a los Estados Unidos con la gran mayoría de venta de rosas, claveles y crisantemos.

Sin embargo, el éxito de esta industria tiene un alto precio. Un gran número de plantaciones de flores tienen trabajadores con graves problemas de salud y también problemas ambientales.

En Colombia la mayoría de los trabajadores de plantaciones de flores son mujeres jóvenes que están expuestas a aproximadamente 127 tipos de pesticidas y de acuerdo a un analista, sufren una variedad de síntomas relacionados con ellos; dolores de cabeza, náusea y asma.

De acuerdo a una investigación de unos estudiantes en American University, un 25% de los pesticidas que Colombia importa no están registrados para uso en sus países de origen, principalmente porque son ilegales o son considerados muy tóxicos por la Organización Mundial de la Salud.

Las plantaciones de flores supuestamente contribuyen a una significativa contaminación de ríos y de agua subterránea. Una gran amenaza a los bosques de Colombia, es la gran demanda de aceite de palma, que ha aumentado enormemente por el interés mundial en los combustibles renovables.

Los biocombustibles son producidos principalmente de semillas de colza y de palmas. A pesar de que un 90% de las plantaciones de palma están ubicadas en Malasia e Indonesia, se están expandiendo rápidamente en Suramérica, incluyendo Colombia. La demanda europea por aceite de palma esta continuamente creciendo en Colombia al igual que la deforestación, para abrir más superficie para nuevas plantaciones (igualmente en Asia). Amazon Watch, un influyente grupo defensor del medio ambiente sostiene que, “la rápida expansión del monocultivo de la palma de Colombia impulsada por la gran demanda de biocombustible ha dado como resultado una extensa violencia, apropiaciones ilegal de tierras y deforestación en gran escala”.

El cultivo de palma en Colombia ha aumentado de 145.027 hectáreas en el año 1998 a 275.317 hectáreas en el año 2005 y el gobierno colombiano ha declarado sus intenciones de aumentar la producción a 6 millones de hectáreas para el año 2020. Esta significativa pérdida de tierras forestales se traduce directamente en la disminución de la capacidad para absorber los gases de efecto invernadero, contribuyendo así a aumentar los efectos nocivos del cambio climático y no a su disminución. Además de sus efectos sobre el cambio climático global, la deforestación conlleva a una sustancial pérdida de la biodiversidad. El medio ambiente excepcionalmente único en Colombia es hogar de un 10% de las especies en todo el mundo, haciendo de este país uno de los más megadiversos en el mundo.

Su sistema ecológico varia desde un bosque tropical húmedo (rainforest) hasta sabanas abiertas y casi un 18% de sus especies son endémicas. Sin embargo, los bosques tropicales húmedos del Chocó a lo largo de la Costa del Pacífico están siendo talados para abrir espacio a nuevas plantaciones de palmas y minas de oro.

Ley ambiental Colombiana A diferencia de la Constitución de los Estados Unidos, el Artículo 79 de la Constitución colombiana estipula que cada persona tiene derecho a disfrutar de un medio ambiente saludable y que es deber del Estado colombiano proteger la diversidad e integridad del medio ambiente y conservar áreas de importancia ecológica. En los años de 1960, Colombia fue uno de los primeros países en adoptar las leyes ambientales en América Latina. Aunque las leyes colombianas pretenden proteger la salud de los trabajadores y del medio ambiente, la implementación de estas leyes es esporádica. La ley provee los derechos de maternidad, incluyendo 80 días de licencias pagados, pero las trabajadoras de las plantaciones que quedan embarazadas son frecuentemente despedidas.

Por exigencia de los consumidores en Estados Unidos, en gran parte la Asociación Colombiana de Exportadores de Flores ha urgido a sus miembros ha adoptar voluntariamente códigos de conducta de los derechos laborales y ambientales por medio de un programa voluntario certificado llamado Florverde.

De igual manera, las leyes colombianas no ofrecen protecciones adecuadas para los bosques de este país. En el 2006, Colombia adoptó la Ley General Forestal. Grupos con intereses públicos demandaron dicha ley ante la corte y un tribunal constitucional declaro a principios de 2008 que la ley no era constitucional.

Disposiciones ambientales del TLC El TLC incluye un número de importantes disposiciones ambientales, algunas de ellas están basadas en disposiciones similares al North American Free Trade Agreement (NAFTA) o el Tratado Libre Norteamericano y su corolario, el North American Agreement on Environmental Cooperation (NAAEC) o el Tratado Norteamericano en Cooperación Ambiental.

Estos incluyen obligaciones para implementar acuerdos multilaterales claves para proteger el medio ambiente, para mantener y aplicar leyes ambientales domésticas, para proteger la biodiversidad y posibilitar la participación pública en la aplicación de los procesos ambientales.

El Artículo 18.2 del TLC requiere que cada parte “adopte, mantenga e implemente las leyes, regulaciones y tome cualquier otra medida para cumplir con sus obligaciones” bajo varios acuerdos multiláteras, incluyendo la Convención del Tratado Internacional de Especies en Peligro de Extinción (Convention on Internacional Trade in Endangered Species), el Protocolo de Montreal, Marpol 73/78, la Convención Ramsar y convenios para la protección del atún, las ballenas y la vida marina en la Antártida. Este es un paso más allá de NAFTA que ha sido criticado por el fracaso de requerir ratificación en cualquier convenio ambiental internacional. Sin embargo, NAFTA ofrece muy pocos beneficios ya que ambos países, Colombia y los Estados Unidos, son partes interesadas en estos convenios. El Artículo 18.3 del TLC se refiere a la aplicación de las leyes ambientales. El párrafo 2 requiere que las partes “no abandonen o de otro modo no se aparten de estas leyes de manera que debiliten o reduzcan la protección establecida en las mismas, de forma tal que afecte el convenio o las inversiones entre las partes”. En cierto sentido, esto va más allá del NAAEC (que solamente Recomienda que las partes del NAFTA no debieran de apartarse de sus regulaciones protectoras).17 El TLC también estipula que las partes deben ofrecer la aplicación de medidas paliativas a los ciudadanos, sanciones por las violaciones de leyes ambientales, y un mecanismo voluntario con incentivos por cumplimiento del mejoramiento del medio ambiente.

El Artículo 18.4 incluye una provisión de ejecución la cual indica que las “personas interesadas pueden requerir a las autoridades competentes que investiguen las denuncias de violaciones de sus leyes ambientales y que cada autoridad competente le dará una debida consideración de acuerdo a su ley”.

A pesar de todos estos esquemas de mejoramientos, el TLC no incorpora el completo procedimiento de supervisión pública bajo el NAAEC, que permite a las partes interesadas presentar demandas por no cumplimiento a la Comisión tripartita de NAFTA (Comisión for Environmental Cooperation(CEC) o Comisión de Cooperación Ambiental), además de conseguir medidas paliativas locales bajo las leyes domésticas.
En la práctica las presentaciones públicas al CEC han sido usadas primordialmente por mexicanos y ONG´s canadienses para aplicar demandas en contra de sus propios gobiernos en vez de contra las transnacionales.

A pesar que el articulo 18.6 del TLC establece un Consejo de Asuntos Ambientales (Enviromental Affaire Council) para vigilar la implementación de las disposiciones del convenio ambiental, la ausencia de una entidad independiente como el CEC con sus propios técnicos profesionales (y su acompañante Joint Public Advisory Comité (JPAC) (Comité Asesor Público) de ciudadanos y representantes de organizaciones no gubernamentales) es posible reducir el Consejo de Asuntos Ambientales como solamente de adorno.

El Articulo 10.7 del TLC incluye disposiciones semejantes al Capitulo 11 de NAFTA pero va más allá en clarificar que “excepto en raras circunstancias y acciones regulatorias no discriminatorias, por un grupo que están diseñadas y están aplicadas para proteger el bienestar público como la higiene pública, seguridad y el medio ambiente, no constituyen expropiaciones indirectas”.

El Departamento de los Estados Unidos de los Representantes de Comercio aparentemente incluyó este leguaje para apaciguar preocupaciones de demandas expropiatorias basadas en estas regulaciones. Como ya hemos notado, el Capitulo 11 de NAFTA no ha demostrado ser el desastre que muchos ambientalistas temían.22 En todo caso, las disposiciones en el Artículo 10.7 son buenas indicaciones de futuros litigios para evitar el exceso de prematuras decisiones bajo el Capitulo 11 de NAFTA. Mejorando el TLC Como asunto práctico, es difícil que el TLC sea ratificado mientras continúen los asesinatos de los sindicalistas. El verdadero problema es entonces evitar la continuación de estos asesinatos después de que el TLC esté en aplicación. Desafortunadamente, el Capitulo 17 del TLC, que se concentra en derechos laborales no incluye un mecanismo de aplicación de estos derechos. Ni siquiera existe una provisión que se compara al Artículo 18.8, el cual ofrece en el caso de asuntos ambientales, que cualquier persona “puede presentar una demanda afirmando que una parte no esta logrando poner en práctica eficazmente sus leyes ambientales”, que un comité asesor elegido bajo Articulo 18.7(a) tiene el deber de examinar estas demandas. Aun así, sin algún tipo de escrutinio público las disposiciones laborales del TLC no tendrán ninguna consecuencia. Lo que es necesario para resolver estos problemas ambientales y laborales es un Comité de Supervisión Pública con representantes de ambos países para observar e informar públicamente que las partes cumplan con sus respectivas leyes ambientales y laborales y con sus correspondientes obligaciones al convenio. El JPAC bajo NAFTA a cumplido un rol análogo tratando de reforzar el papel de revisión ambiental del CEC introduciendo opiniones independientes en lo que de otra forma habría sido un proceso nonato del CEC. El TLC también podría ser forzado ampliando la disponibilidad de sanciones cuando una de las partes falla en cumplir sus obligaciones laborales o ambientales. El Artículo 21.16 provee que una parte puede “suspender los beneficios” cuando las partes son incapaces de llegar a un acuerdo referente a compensaciones otorgadas después que un panel arbitral ha entregado una decisión (lo cual es similar a muchas disposiciones preventivas existentes en otros tratados). Aunque el objetivo de esta charla provee un tope para varios asuntos de convenios de comercio que podría surgir bajo el TLC, no es suficiente para resolver los problemas ambientales y laborales. Por esta razón el TLC debería incluir un mecanismo separado de resolución de disputas bajo los Capítulos 18 y 19. Tal mecanismo podría incluir procedimientos por los cuales el público pueda llevar quejas al propuesto Comité de Supervisión Pública el cual revisaría estas quejas y remitiría sus hallazgos a un papel de resolución de disputas o simplemente entregaría sus recomendaciones a las partes interesadas. Si una de las partes falla en tomar las acciones correctivas después que el informe ha sido presentado, la otra parte podría entonces suspender cualquiera o todas sus obligaciones bajo el TLC hasta que se remedie la falta puesta en práctica de las recomendaciones.

NOTAS AL FINAL DEL TEXTO

1 The White House, Fact. Sheet: U.S.-Colombia free Trade Agreement Essential To Our National Security, http://www.whitehouse.gov/news/releases/2008/03/20080312-3.html. (Mar. 12, 2008); see also U.S.-Colombia Trade Promotion Agreement (Uhereinafter TPA), full text available at http://www.ustr.gov/Trade_Agreements/Bilateral/Colombia_TPA/Final_Text/Section_Index.htm.

2 James Pehtokoukis, Susan Schwab on the Colombian Trade Deal, U.S. NEWS & WORLD REPORT (Sept. 23, 2008).

3Phillip Cryan, Labor and the Colombian Free Trade Agreement, FOREIGN POLICY IN FOCUS (Sept.18, 2008).

4 See, e.g., Human Rights Watch, US: Reject Colombia Free Trade Deal: Bogota Fails to Tackle Anti-Union Violence and Impunity, http://hrw.org/English/docs/2008 /04/07colomb18460_txt.htm (April 7,2008).

5 U.S. Commercial Service, Trade Never Smelled So Sweet: Colombian Flowers Make Bouquet Bucks,http://www.buyusa.org/Colombia/en/pastevents.html.

6 Jennifer Hattam, The Hidden Life of Cut Flowers, SIERRA (July 2001).

7 American university Trade & Environment Database, Rose Trade and the Environment, http://www.american.edu/TED/rose.htm.

8 Hattam, supra note 6.

9 Polo pontoniere, Deforestation: The Dark Side of Europe´s Thirsr for Green Fuel, NEW AMERICA MEDIA (Feb. 28, 2006).

10 Amazon Watch et al., Letter to Congress, htt://www.citizenstrade.org/pdf/envirocolombiaTPAsignonhouse.pdf (May 15, 2008).

11 Mongabay.com, Colombia: Enviromental Profile, http://rainforests.mongabay.com/20colombia.htm.

12 Id.

13 Kevin Watkins, Deadly Blooms, The Guardian (Aug. 29, 2001).

14 See Florverde, at http://www.florverde.org/florverde-highlights.html.

15 Grupo Semillas, La Corte Constitucional Declara Ley Inexequible la Ley Forestal, at http://www.semillas.org.co/sitio.shtml?apc=I1----&x=20155467; Sonia Parra, Colombia: ControversyOver Forestry Law Simmers On, http://ipsnews.net/news.asp?idnews=35002.

16 Office of the U.S. Trade Representative, U.S.-Colombia Free Trade Agreement Benefits the Environment, http://www.ustr.gov/assets/Trade_Agreements/Bilateral/Colombia_TPA/asset_upload_file658_13718.pdf(Mar.2008).

17 NAFTA Art. 1114.

18 TPA Art. 18.4-18.5

19 TPA Art. 18.4, Par.1.

20 Inger Weibust, Is NAFTA´s Citizen Submission on Environment Matters (CSEM) a Forum for Transnational Activism and Politics?, paper presented at the annual meeting of the International Studies Association, http://www.cpsa-acsp.ca/papers-2008/Weibust.pdf (Mar. 26, 2006).

21 TPA, Annex 10-B. Par.3(B).

22 Stephen L. Kass and Jean M. McCarroll, “NAFTA´s Chapter 11 and U.S Trade Agreements,” NYLJ, June 27, 2008.

 

“PLAN B 2.0-

RESCATANDO A UN PLANETA BAJO ESTRÉS Y A UNA

CIVILIZACIÓN EN DIFICULTADES”

 

 

Reseña del libro
El autor Lester R. Brown aborda la problemática actual del medio ambiente en el planeta ,teniendo en cuenta factores tales como: la super población en China y la  clara evidencia que el modelo económico occidental no funcionará para dicho país, la inminente reducción de las reservas petroleras alrededor del mundo y las aceleradas emisiones de carbono en los países desarrollados , así como la evidencia que la pobreza no puede ser erradicada si el sistema natural que soporta la economía se continua deteriorando el plantea igualmente alentadoras soluciones basado en los avances tecnológicos de los últimos años, que ofrecen posibilidades para reversar el actual curso de la naturaleza que está minando nuestro futuro.
Tecnologías como: carros híbridos, refrigeradores y sistemas de riego altamente eficientes, parques eólicos, paneles solares y programas de reforestación, nos permiten construir una nueva economía y movernos hacia un modelo de desarrollo sostenible.

Plan B 2.0 es un libro de lectura obligatoria para líderes políticos, empresarios, profesionales, estudiantes y personas interesadas en las nuevas condiciones ambientales del mundo, pues bajo un amplio y sencillo esquema, muestra todas las variables que están influyendo en temas como la deforestación extrema, la desertización, la reducción del nivel de aguas subterráneas, la creciente erosión de los suelos, el colapso de las reservas pesqueras, el aumento del nivel del mar y la temperaturas globales, las tormentas destructivas y el derretimiento de los hielos polares. Este libro no se queda solamente en la exposición de las mencionadas variables, sino que pronostica las consecuencias catastróficas para el planeta y las generaciones futuras, en caso que el mundo no reaccione y replantee el actual modelo económico, basado en el consumo y el desperdicio.

El Autor

Lester R. Brown

 

Presidente del Earth Policy Institute, una organización sin ánimo de lucro dedicada a la investigación interdisciplinaria, en Washington D.C., fundada en Mayo de 2001. El propósito de Earth Policy es proveer una visión de una economía ambientalmente sostenible y un proyecto de cómo llegar a ella.

Brown ha sido descrito como “uno de los pensadores mundiales más influyentes” por el Washington Post. El Telegraph de Calcuta lo llamó “El gurú del movimiento ambiental”. En 1986, la biblioteca del congreso de los Estados Unidos solicitó sus escritos para sus archivos.

Hace 30 años Brown ayudó a desarrollar el concepto de Desarrollo Ambientalmente Sostenible, concepto que ha utilizado en el diseño de su eco-economía. Fue el fundador del World Watch Institute, y su presidente durante sus primeros veintiséis años. Ha sido autor y coautor de muchos libros y reconocido con más de veinte títulos honorarios. Sus libros han sido traducidos a más de cuarenta idiomas.

Brown es miembro de la Fundación Mac Arthur, ha recibido notables premios y reconocimientos, incluyendo el premio al medio ambiente de las naciones Unidas en 1987, la Medalla Dorada del World Wide Fund for Nature 1989, y el premio Planeta Azul del Japón, en 1994 por su “excepcional contribución para resolver los problemas ambientales globales”. En 1995 Marquis Who’s Who, el más preeminente editor biográfico del mundo, con ocasión de su cincuentava edición, lo nombró como uno de los cincuenta grandes americanos. Más recientemente le fue otorgada la Medalla Presidencial de Italia, el premio Borgstrom por la Academia Real Sueca de Agricultura y Bosques y fue nombrado como profesor honorario de la Academia China de Ciencias.

Brown vive en Washington D.C. Otras de sus publicaciones son: Eco-Economy, The Earth Policy Reader y Outgrowing the Earth. “Lester Brown nos dice como construir un mundo más justo y como salvar el planeta del cambio climático de una manera práctica y futurista. Todos nosotros deberíamos seguir su consejo.” Bill Clinton ex-presidente de los Estados Unidos de América.

 

El Traductor
Gilberto Rincón González

Fundador y director de CEID, tiene una amplia experiencia de más de 20 años como consultor y asesor legal de empresas petroleras multinacionales tales como Shell y ExxonMobil de Colombia. Miembro de la delegación colombiana en la negociación del Protocolo de Kyoto en la Haya Holanda. Presidente del Colegio de Abogados Especialistas en Derecho Ambiental de Colombia CAEDAC y delegado permanente ante la Comisión de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas en New York. Abogado especialista en Derecho Ambiental de la Universidad del Rosario, es master en negocios del IESE- Universidad de Navarra España y ostenta un título en Derecho Comparado de la Universidad de Texas, en Dallas. Actualmente es asesor de empresas, responsable de la implementación en Colombia del programa de la agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos EPA, sobre “Principios de Aplicación y Cumplimiento de la Legislación Ambiental” y de los programas de la Academia de Derecho Ambiental de la IUCN (Unión Mundial para la Naturaleza).

PREFACIO
Plan A, que significa continuar desarrollando nuestras actividades económicas en la forma usual, está llevando al mundo por un sendero ambiental de declive y virtual colapso de la economía. Si la meta es mantener el progreso económico, tenemos que escoger un modelo que nos lleve por un nuevo sendero. Esta es la razón por la cual yo escribí el Plan B original en 2.003. Hay muchas razones por las cuales hemos ampliado y actualizado la edición de 2003 con nuestro nuevo libro Plan B 2. La más esencial en este momento, es que aun no compartimos, en forma generalizada, una conciencia sobre la necesidad de construir una nueva economía y menos aun no tenemos una visión clara de cómo debe ser. El propósito de este libro es hacer un caso convincente, para la construcción de una nueva economía, ofrecer una visión más detallada de nuestra propuesta y proveer una hoja de ruta para ir del modelo actual al propuesto.
Hay muchas otras razones para esta nueva edición. Primero, nuevas evidencias muestran que el modelo económico occidental no funcionará en China. Segundo, la creciente escasez en el suministro de petróleo, establece nuevos desafíos que merecen ser analizados. Tercero, dado que la pobreza no puede ser erradicada si el sistema natural que lo soporta continua deteriorándose, incluimos un presupuesto para restaurar la tierra, que complementa el examinado para la erradicación de la pobreza, en la primera edición. Cuarto, los avances tecnológicos de los últimos años, ofreces nuevas e interesantes posibilidades para reversar las tendencias ambientales que están minando nuestro futuro. Quinto, queremos hacer una nueva edición simplemente por la inesperada y entusiasta respuesta a la primera edición. En cuanto al primero de estos puntos, China ya sobrepasó a Estados Unidos en el consumo de los recursos más básicos. Dentro de los productos líderes en el sector de alimentos (cereales y carnes), en el sector energético (petróleo y carbón), y en el sector industrial (acero), China ahora supera a Estados Unidos en el consumo de todos, excepto en el petróleo.
Qué sucederá si China alcanza a Estados Unidos en el consumo por persona?
Si la economía China continúa su crecimiento al 8% anual, su ingreso por persona alcanzará el nivel actual de Estados Unidos en 2031. Si asumimos que los niveles de consumo en China en 2031 serán los mismos que los actuales de Estados Unidos, la población proyectada de 1.45 billones consumirá una cantidad de cereales equivalente a las dos terceras partes de la actual cosecha mundial. El consumo de papel será el doble de la actual producción mundial y se utilizarán 99 millones de barriles de petróleo al día, bastante por encima de la actual producción mundial de 84 millones.
El modelo de la economía occidental no podrá aplicarse en China, tampoco en India, que para el 2031, proyecta tener una población aún mayor que China. No podrá aplicarse para 3 billones de personas en países en vía de desarrollo que buscan el “sueño americano”. Tampoco funcionará para una economía globalizada donde todos los países compiten por el mismo petróleo, los mismos cereales y los mismos recursos minerales. El actual modelo económico no funcionará para los países industrializados. Los días de una economía basada en los combustibles fósiles, centrada en los automóviles y en los productos desechables, están contados. Estrechamente relacionado con la expansión del consumo de recursos en China, está el rápido cambio en la perspectiva mundial del petróleo y los nuevos desafíos que esto genera. Por ejemplo, por mucho tiempo nos hemos  preocupado por el efecto que el aumento de los precios del petróleo tiene en el costo de la producción de alimentos, pero aún de mayor preocupación es el efecto en la demanda de productos alimenticios. Dado que virtualmente todo lo que nosotros comemos puede ser convertido en combustible para automóviles, bien sea etanol o diesel, los altos precios del petróleo están abriendo un enorme nuevo mercado para los productos agrícolas. Aquellos que compran productos para producir combustibles, están compitiendo directamente con las procesadoras de alimentos en el suministro de trigo, maíz, solla, caña de azúcar y otros productos alimenticios. De hecho, los supermercados y las estaciones de servicio están ahora compitiendo por el mismo producto.
Los precios del petróleo están fijando ahora los precios de los alimentos, simplemente porque si el valor de estos productos para producir combustible, excede su valor como alimento, serán convertidos en combustible. En la medida que más destilerías de etanol y refinerías de videodiesel se construyen, mas propietarios de automóviles de países opulentos estarán compitiendo por el mismo producto con los pobres del mundo.
En el plan B original, examinamos un presupuesto para erradicar la pobreza, pero si el sistema natural que soporta la economía se colapsa, no va ha ser posible la erradicación de la pobreza. Si las tierras cultivables se erosionan, las cosechas se reducen, las aguas subterráneas declinan y los pozos se secan, si las praderas se convierten en desierto y el ganado muere, si la pesca está colapsando, si los bosques se reducen, y si las altas temperaturas chamuscan los cultivos, un programa de erradicación de la pobreza, no importa que tan cuidadosamente haya sido elaborado e implementado, no será exitoso. Por esta razón hemos adicionado un presupuesto para restaurar la tierra y su productividad, en forma paralela con el presupuesto para erradicar la pobreza. Este incluye los costos de proteger y restaurar suelos, bosques, praderas y la pesca en los océanos, más la conservación de la biodiversidad biológica. Lo anterior también conlleva reducir el avance de los desiertos que amenaza con desplazar millones de personas.

Finalmente, las buenas noticias son otra razón para actualizar el Plan B. Las nuevas tecnologías ofrecen esperanzas para enfrentar la gran cantidad de desafíos que tenemos en el campo ambiental. Por ejemplo, los avances en los carros híbridos gasolina- electricidad y el diseño de las turbinas de viento, han establecido las bases para evolucionar en una nueva economía de los combustibles de automóviles. El uso de los híbridos, gasolina- electricidad, con una batería adicional de almacenamiento y la capacidad de conectarse a una fuente de energía, nos permitirá manejar distancias cortas en la mayoría de los casos con electricidad. Si combinamos lo anterior con la inversión en parques eólicos, para alimentar las redes con electricidad barata, podremos potencializar los automóviles con energía eólica. El uso de electricidad de bajo costo, producida por el viento, para recargar las baterías en horas no pico, tiene un costo equivalente a 50 centavos de dólar por galón de gasolina. Lo anterior es solo un ejemplo de las posibilidades para construir una nueva economía, que puede mantener el progreso económico con ahorro de dinero, reducción de la dependencia del petróleo y de las emisiones de carbono.

También quisimos publicar Plan B 2, por la extraordinaria acogida a la primera edición. Al observar nuestra base de datos de ventas, en los meses siguientes a la publicación, notamos que muchas personas que inicialmente habían ordenado un ejemplar , regresaron a ordenar 5, 10, 20, o aún 50 o más copias para distribuirlos a sus colegas, líderes de opinión, líderes políticos y a otras personas. En respuesta a lo anterior, formamos el equipo de Plan B, integrado por aquellas personas que ordenaron 5 ó más ejemplares. Este equipo lo integran actualmente 650 personas. Ted Turne, quien compró 3.569 copias para distribuir a jefes de estado, miembros de gabinete, directivos de la revista Fortune 500, miembros del congreso de Estados Unidos y otras personalidades, fue designado como el capitán del equipo. Con el equipo de Plan B ahora constituido, en el momento que esta nueva edición revisada y ampliada se pública, esperamos poder aumentar su número de miembros, para que en poco tiempo estén miles de personas activamente promoviendo este plan para salvar nuestra civilización.

Hay una enorme preocupación sobre hacia donde se dirige el mundo y una creciente conciencia sobre la necesidad de cambiar el curso. Los elevados del precio del petróleo y la creciente competencia por este recurso, alimentan esta preocupación. También la alimentan las múltiples manifestaciones del cambo climático como el derretimiento del hielo y el aumento del nivel del mar. Cuando el Huracán Katrina dejó a su paso 200 billones de dólares en pérdidas, cerca de 7 veces el costo de cualquier tormenta anterior, este fenómeno natural envió un mensaje a todo el mundo.

La creciente preocupación de todo el mundo, es la que muy pronto debe orientar el proceso de definición de políticas en la dirección correcta, una dirección que moverá al mundo en un sendero ambiental que mantenga el progreso económico.

Para información adicional sobre los temas tratados en éste libro puede consultar:

www.earthpolicy.org/Books/PB2/index.htm
Centro de Estudios para el Desarrollo Sostenible CEID - Colombia

www.ceidcolombia.org
Gilberto Rincón G.
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Teléfonos (57)310-8612035 - (571)6760568

CEID - COLOMBIA

Breve reseña

El Centro de Estudios para el Desarrollo Sostenible CEID fue creado en Agosto de 2003, por un grupo de expertos profesionales, con el propósito de investigar, divulgar el conocimiento y apoyar los procesos de construcción de capacidad, en temas relacionados con el Medio Ambiente y el Desarrollo Sostenible, contribuyendo así al logro de un mayor y mejor desarrollo económico, con respeto al medio ambiente. Así mismos busca proveer consultaría y asesoría jurídica sobre el tema.
CEID es una organización sin ánimo de lucro, cuyos recursos provienen de la prestación de servicios de gestión, consultoría y asesoría, así como de los aportes y contribuciones que reciba a cualquier título. La organización cuenta con la experiencia de sus miembros, quienes por largos años han manejado temas directamente relacionados con los propósitos de CEID, tanto desde el sector público como el privado y en la academia. Desde su fundación CEID ha participado regularmente en foros internacionales, nacionales y especialmente en la Comisión de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York.
CEID se encuentra en capacidad de desarrollar directamente o en asocio con otras entidades del sector público y privado, la ejecución de proyectos y trabajos para avanzar en la aplicación de metodologías de estudio, ejecución de proyectos, asimilación de experiencias de otras latitudes e impulso de políticas para el desarrollo sostenible.

 

NUESTRO EQUIPO

Gilberto Rincón González

Fundador y director de CEID, tiene una amplia experiencia de más de 20 años como consultor y asesor legal de empresas multinacionales. Miembro de la delegación colombiana para la negociación del Protocolo de Kyoto en la Haya
Holanda. Presidente del Colegio de Abogados Especialistas en Derecho Ambiental de Colombia CAEDAC y delegado permanente ante la Comisión de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas en Nueva York, Ginebra y Viena. Abogado y especialista en derecho ambiental de la Universidad del Rosario, tiene un master en negocios del IESE - Universidad de Navarra España y un titulo en derecho comparado de la Universidad de Texas en Dallas. Actualmente es asesor de empresas, profesor universitario, responsable de la implementación en Colombia del programa de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos EPA, sobre “Principios de Aplicación y Cumplimiento de la Legislación Ambiental”, de los programas de la IUCN Academy of Environmental Law y de las publicaciones el Earth Policy Institute para Latinoamérica.

Ricardo Botero Villegas
Investigador de gran trayectoria en temas de administración y gestión ambiental, recursos naturales y agua, en el sector público y privado. Es abogado con experiencia de más de 20 años en el ejercicio de la profesión, especializado en Derecho Ambiental de la Universidad del Rosario. Del año 2002 al año 2007 dirigió y coordinó el informe anual del estado de los recursos naturales y del ambiente que presenta el Contralor al Congreso Nacional. Ricardo tiene una amplia experiencia docente en áreas del derecho tales como: Legislación, Auditoria, Costos y Administración Ambiental así como en Alta Gerencia y Economía Solidaria.

Gloria Isabel Triviño
Consultora experta en el desarrollo de políticas, planes y programas de salud ambiental; Igualmente se ha destacado en la dirección de instituciones públicas del sector salud. Asesora de entidades públicas y privadas en temas relacionados con el Medio Ambiente. Abogada de la Universidad Católica de Colombia con especialización en Derecho Ambiental de la Universidad del Rosario. Se desempeñó como Superintendente Nacional de Salud entre el año 2001 y 2002.
Gloria tiene una amplia trayectoria docente en temas de Derecho Ambiental en postgrados de reconocidas universidades del país. Es instructora certificada por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos EPA para dictar el programa sobre “Principios de Aplicación y Cumplimiento de la Legislación Ambiental”.
Entre sus trabajos publicados se destacan: “La conciliación ambiental en Colombia”, “Mecanismos alternos para la solución de conflictos ambientales” y “Orden Jurídico de los Humedales a partir de la convención de Ramsar”. Participó activamente elaborando el "Plan de acción específico para la atención y rehabilitación de la zona de amenaza volcánica alta del volcán Galeras"

Juan Guillermo Ruíz
Asesor legal en materia de infraestructura en los sectores de energía eléctrica, gas, agua y telecomunicaciones. Su trayectoria se ha desarrollado especialmente con empresas extranjeras de hidrocarburos. Socio de la firma Posse Herrera & Ruiz responsable del área de Impuestos. Ha asesorado empresas en asuntos fiscales y comerciales, con énfasis en transacciones internacionales, financiación de proyectos y planeación fiscal. Abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, y realizó el Programa de Alta dirección empresarial PAD- INALDE 2005.
Miembro de Colegio Internacional de Abogados, Presidente de la Asociación Fiscal Internacional (2004-2005), miembro del Colegio Americano de Abogados y del Instituto Colombiano de Derecho Tributario.
Entre los trabajos publicados se encuentran “El Estado de Derecho” (tesis de grado) 1986. “New Exchange Rules Aplicable in Colombia” (Nueva Reglamentación sobre Cambios Aplicables en Colombia) (co-autor), 1991; “Taxation in Latin América” (Tributación en América Latina), 1995, Capitulo Colombiano de la Oficina Internacional de Documentación Fiscal.

Catalina Aristizabal Díaz
Asesora en materia ambiental y comercial destacándose en el trámite de licencias y permisos ante autoridades ambientales, análisis de implicaciones jurídico-ambientales de abandono de infraestructura, incentivos tributarios ambientales y manejo de residuos. También ha desarrollado trabajos de:
Evaluaciones legales ambientales a empresas del sector petrolero, y asesoría jurídica a empresas dedicadas a la comercialización de fauna silvestre. Es abogada de la Universidad Javeriana, Master en Política de Gestión Medioambiental de la Universidad Carlos III de Madrid, ha participado en diferentes seminarios sobre medio ambiente y conciliación. Se destacó como Investigadora del Ministerio del Medio Ambiente de España CENEAM – Centro de Educación Ambiental en el análisis comparativo de Legislación estatal y autonomía sobre espacios naturales protegidos.

Ben Boer

Professor in Environmental Law Australian Centre for Climate and Environmental Law University of Sydney Formerly, Co-Director, IUCN Academy of Environmental Law, University of Ottawa Outline This paper explores the need for environmental law education and training of environmental law professors, especially in developing countries. It explains the scope of environmental law at international and national level, the urgent need to teach Environmental Law in all countries at both undergraduate and at Master’s level. It gives an example of the teaching of Comparative Environmental Law, with an emphasis on teaching methodology.

Why do we need to expand the teaching of environmental law?  Agenda 21 includes a statement on the teaching of environmental law. This was a primary motivator for the development of the IUCN Academy. At Chapter 8, paragraph 20, it stated:

“Competent international and academic institutions could, within agreed frameworks, cooperate to provide, especially for trainees from developing countries, postgraduate programmes and inservice training facilities in environment and development law.” Environmental law provides the essential link between the social, cultural, environmental and economic aspects of human societies. We have an ethical responsibility to ensure the health and safety of ecosystems, people and other living beings. International environmental obligations agreed to by governments, as expressed in binding international environmental agreements, and, increasingly in soft law, must be reflected in environmental management systems, which in turn require an adequate legal framework.
Government, the private sector, communities and individuals should all be bound by that legal framework.

Teaching Methodologies in Environmental Law
• Environmental law should as far as possible be studied in an interdisciplinary context, taking into account natural sciences (ecology, chemistry, physics, etc and social sciences (economics, sociology, political sciences, anthropology, archaeology, etc)

• The nature of environmental law demands a range of teaching methodologies, which can include a wide spectrum of techniques. In addition to lecturing and Socratic dialogue, the use of problem-based learning, small group discussions, role plays, brainstorming, moot courts, mediation training, field trips, and lectures by environmental specialists outside the legal field.

2 Training the Professors Course
The stages of planning and implementation
• Selecting specialist trainers
• Preparing a budget for travel, accommodation, materials and fees (where appropriate)
• Meeting of specialist trainers
• Drafting a curriculum suitable for the jurisdiction and the time allocated
• Preparing the methodology for training the professors course Training the professors course: suggested outline The IUCN Academy of Environmental Law has been developing a detailed standard course outline which can be used as the basis for the training of environmental law professors. The following is a brief summary.
Section 1: Identification of the scope of “Environmental Law”
• Foundations of Environmental Law: International and national influences; the development of sustainability principles
• Overview of the Core Components of Environmental Law; this can include:
• Environmental planning and protection law (including land-use/spatial planning; EIA; pollution and waste management; site contamination; chemicals; radioactive substances; and Genetically Modified Organisms (GMOs)
• Biodiversity and heritage law
• Natural Resources law (including land, water, minerals and petroleum, forests andfisheries)
• Energy and Climate law
• Development law (including special laws to authorize, provide “fast-track” treatment for or grant immunity from normal environmental laws for development activities)
• International environmental law
• Underlying components of environmental law (including property law; constitutional and human rights law; administrative law; criminal law; civil or “torts” law; corporate, commercial and taxation law, the law relating to public participation and good governance
• Contextual Components (including ethics (Earth Charter, etc.): philosophy; economics, administration and governance (including decentralization/subsidiarity); socio-cultural aspects (including “environmental justice” and indigenous perspectives); regulatory theory (smart regulation, compliance issues and the use of scientific evidence in courts) Section 2: Design and Delivery of an Environmental Law Course
• Curriculum Design Alternatives (including discussion of “survey” courses versus “in depth” treatment of one particular aspect, e.g. water pollution controls. Also, the use of comparative law methods may be canvassed here.
• Teaching Methodologies
• Assessment Methodologies Section 3: Design and Delivery of a Postgraduate Environmental Law Program
• Eligibility Criteria (for non-lawyers, this will allow a discussion of the value of having postgraduate non-lawyers in the same classroom, as has been pursued in some courses
• Teaching and Assessment Methodologies (including use of information technology, field trips, use of information technology in Environmental Law teaching, including the concept of the “virtual Classroom”; mediation and moot court exercises. ) 3 Section 4: Environmental Law Research
• Teaching of research methodology
• Use of environmental law data-bases (Ecolex, IUCN Academy, World Legal information Institute (WORLDLII), European Environmental Law data-base, etc)
• General legal data-bases for the jurisdiction
• Access to legal journals and books online Course structure and timing The course structure could be adapted as required to different time-frames. The ideal might be 6 days, including a one-day field trip. The longer the time available, the more opportunity there will be to engage in discussion and active exercises. There should be considerable opportunities provided during the training for small-group activities and the engagement of participants in exercises – including actually designing a course in environmental law. At the conclusion of the course, participants should be awarded a Certificate of Completion suitable for use within their universities. Master of Environmental Law programme at the University of Sydney
• Began in 1993
• 50 to 75 students in any one year
• Open to lawyers and non-lawyers
• Includes possibility of including science and economics courses
• The subjects are almost entirely in short courses (Usually four days)
• Includes field trips (up to five days)

Master of Environmental Law Subjects taught at the University of Sydney
1.  Asian and Pacific Environmental Law
2.  Biodiversity Law (includes a field trip)
3.  Comparative Environmental Law
4.  Environmental economics
5.  Environmental Impact Assessment Law
6.  Heritage Law (includes a field trip)
7.  Environmental Law and Policy (introductory course)
8. International Environmental Law and Advanced International Environmental Law
9.  International Trade and Environmental Law
10.  Natural Resources Law
11.  Law of the Sea
12.  Planning Law.
13.  Pollution Law
14.  Water law
15.  Energy and Climate Change Law
16. Sustainable Development Law in China and Australia (taught in Shanghai over a period of two weeks, including a field trip)

Example of course in Comparative Environmental Law at the University of Sydney
• Environmental law teaching should include comparative studies. This can be done at the macro and micro levels
o Macro: compare the constitutional, institutional, economic, and social aspects of the environmental law system under study
o Micro: compare the legislative, judicial and administrative aspects of the environmental law 4 system under study

Comparative Environmental Law examines different approaches to environmental law in various constitutional, administrative, political, judicial, social, economic and cultural contexts. It familiarises students with environmental management regimes in a range of developed and developing countries. These countries include the European Union, the United States, Australia, South Africa, the People’s Republic of China, Indonesia and various Pacific Island jurisdictions. Main topics for comparative analysis include:
• Responses to International Environmental Law (as a baseline for comparison Constitutional provisions on the Environment
• National and Regional Environmental Institutions, Environmental Decision-making
• Customary Law Conservation Practices (where relevant) At the conclusion of the course students will:
• have a thorough understanding of comparative legal methodology in the environmental law context
• have a broad understanding of the relationship between international and regional politics and policy in the development, application and enforcement of environmental law;
• have a significant understanding of the relationship between international law and national environmental law;
• appreciate the differences between developing and developed country jurisdictions and the difficulties of implementation, enforcement and compliance mechanisms; be able to assess of the benefits and limitations of different legal systems on a comparative basis, and how various environmental law regimes can be expected to develop in the future; Comparative environmental law methodology There are at least two comparative law methods — descriptive comparative law and applied comparative law.Descriptive comparative law: confined to an analytical examination of variations between the laws of each country, with no aim other than to furnish the information. The weaknesses of this approach — for example, its assumption that the problem is the same in the systems examined — are likely to be fatal when studying the laws of fundamentally different societies, such as China and Australia, the United States and Canada. Applied comparative law: is likely to be more instructive and fertile. It requires attention to be given to the context in which solutions to problems are worked out. Legal institutions must be observed functioning as social institutions. Basic methodological principle for comparative law
• The basic methodological principle that of functionality. Functionality helps you choose laws to compare — incomparables cannot usefully be compared. (do not compare apples and oranges)
• The concept of functionality also forces you to look for rules or solutions in the foreign system in places where you would not expect to find them in your own system: Conclusion on teaching environmental law
• Need to be creative and flexible in teaching methodology • Be prepared to take risks
• Ensure you engage your students by the use of group exercises, brain-storming, field trips
• Try to ensure that students have a basic understanding of other relevant disciplines
• 5

Research in Environmental Law
Research on local, national and international environmental law is a fundamental aspect of the academic endeavour in this field. In many developing countries, this research is lacking. This is for a number of reasons. One reason is that there are few full-time professors of environmental law. This is particularly the case in many Latin American countries. Another reason is the lack of adequate funds for this research. The result is that there are fewer articles and books on environmental law written in developing countries, and that this scholarship is not always of a high standard. For the quality of environmental legislation to be improved, and the level of implementation of environmental mechanisms to be raised, the quality and quantity of environmental law research must be significantly improved.
The basis for environmental law teaching is environmental law research. By raising the number of full-time environmental law professors, with adequate funding provided for research, the situation in many developing countries will no doubt be improved.

The poetry of Environmental Law
In all of the work we do as environmental law professors and practitioners, we should not forget the things that motivate us in our endeavours. For me, this includes the fact that environmental law entails a close physical and emotional connection with the land and the sea, which might be best expressed in the Australian context by the poetry of Dorothea McKellar:

I love a sun-burnt country,
A land of sweeping plains,
Of rugged mountain ranges,
Of droughts and flooding rains,
I love her far horizons,
I love her jewelled sea,
Her beauty and her dangers,
Tide brown land for me.


Academy membership
Membership in the Academy is available to law schools and/or environmental law centres within universities or other higher education institutions that promote the teaching of environmental law and the conduct of environmental law research. Applications are assessed according to criteria agreed by the Governing Board.

Benefits of membership include:
1. Becoming part of a global environmental legal education network, with access to leading scholars and experts in all regions of the world.
2. Participation in the annual IUCN Academy Colloquium and in regional conferences and seminars, as well as benefiting from and contributing to papers and publications from these events.
3. Sending a voting representative to the IUCN Academy Collegium and providing direct input into the programmes of the Academy.
4. Opportunities to engage with the IUCN's Environmental Law Programme, including the Specialist Groups of the IUCN Commission on Environmental Law.
5. Participation in joint research initiatives of Academy members and to gain access to research summaries and reports.
6. Participation in Academy teaching and capacity-building programmes in environmental law and in the Academy’s visiting scholars program.
7. Access to regular Academy newsletters, featuring updates on initiatives from Academy member institutions, upcoming conferences and new research conducted in the area of environmental law.

Academy Secretariat
The Academy Secretariat is based at the Faculty of Law, University of Ottawa, and is supported by both the Common Law and Civil Law sections. It has two Co-Directors, a Manager, and an Office Administrator.
The Secretariat provides administrative support and co-ordination for research, capacity-building and conference-related activities undertaken by member institutions. It conducts membership outreach activities, and acts as the main link for cooperation with the IUCN Commission on Environmental Law and the IUCN Environmental Law Centre. It also services the needs of the Academy's Governing Board. Detailed information on making an application for institutional membership can be obtained from the Academy’s website: http://www.iucnael.org/19
All inquiries can be directed to:

Ms Bernadette Blanchard
Office Administrator
IUCN Academy of Environmental Law
Faculty of Law, University of Ottawa
57 Louis Pasteur, Ottawa
Ontario, K1N 6N5 Canada
Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
Phone : +1 (613) 562-5800 ext. 3260
Fax: +1 (613) 562-5184
_______________________________________________
The Academy expresses its thanks for support from the University of Ottawa, Environment Canada, Health Canada, Hydro-Québec, the International Development Research Centre and the United Nations Environment Programme.
The Academy welcomes financial donations and in-kind support. Please contact the Academy Secretariat for further information.

 

IUCN
ACADEMY OF ENVIRONMENTAL LAW

About the Academy
The IUCN Academy of Environmental Law is a global educational organization dedicated to advancing knowledge of environmental law through a network of academic institutions. The Academy is associated with the IUCN (World Conservation Union) the world’s largest and most important conservation network, bringing together more than 80 countries, as well as nearly 1000 government and non-government organizations. The IUCN’s mission is to influence, encourage and assist societies throughout the world to conserve the integrity and diversity of nature and to ensure that any use of natural resources is equitable and ecologically sustainable. The IUCN Academy of Environmental Law was created by the IUCN Commission on Environmental Law to support that mission through the medium of academic teaching and research in environmental law.
The Academy promotes various activities to enhance teaching capacities in environmental legal education in universities and related institutions, focusing primarily on developing countries and countries with economies in transition. This includes the preparation of environmental law curricula, the conduct of “teaching the teachers programs” and the development of electronic teaching materials and other forms of web-based learning.
A major focus of the Academy is on encouraging collaborative and innovative multi-disciplinary research into how law can best address environmental problems around the world. It also includes conference and publication activities designed to stimulate the exchange and dissemination of environmental law research. It conducts a colloquium on a specific theme every year in a different region.

Academy Structure
Member institutions of the Academy form a Collegium that guides the academic programmes of teaching and research in environmental law. Collegium representatives elect the Governing Board that is drawn from each of the world’s major regions.
The Academy is a distinct legal entity incorporated under Canadian law. Under the direction of its Governing Board, the Academy collaborates closely with the IUCN Commission on Environmental Law and its Specialist Groups, as well as with the IUCN Environmental Law Centre in Bonn, Germany.

Governing Board for 2008
Professor Rob Fowler, Chair
University of South Australia, Australia
Professor José Juan González
Deputy Chair
Metropolitan Autonomous University-Azcapotzalco, Mexico
Professor Nada Al-Duaij
Kuwait University, Kuwait
Professor David Hodas
Widener University, USA
Professor Michael Kidd
University of Kwazulu Natal,
South Africa
Professor Irina O. Krasnova
Russian Academy of Justice, Russia
Professor Lye Lin Heng
National University of Singapore, Singapore
Professor Marjan Peeters
Maastricht University, The Netherlands
Professor Gilberto Rincon
Centre for Studies in Sustainable Development, Colombia
Dr. Alejandro Iza
Head, IUCN Environmental Law Programme
Director, IUCN Environmental Law Centre (ex officio) Germany
Dr. Sheila Abed de Zavala
Chair, IUCN Commission on Environmental Law (ex officio) Paraguay
Professor Jamie Benidickson
Co-Director (ex officio) University of Ottawa
Professor Ben Boer
Co-Director (ex officio)
University of Ottawa/University of Sydney

Visit the Academy’s Website
Working with our member institutions, the Academy is building its website into a major resource for academic teaching and research in all aspects of environmental law.
See http://www.iucnael.org
About our logo: At the centre of our logo is the ancient Chinese pictogram “Fa”, the oldest-known Chinese word for “law”. The three parts of the pictogram show, on the top left side, a human being with flowing water below. The legendary animal Zhi is on the right side. Zhi serves as a judge, with its horns aimed at the dishonest or guilty party to a dispute. The water symbolizes the quality of Zhi’s judgments, which are fair and, just like water, always find their own level on the horizon.